
Las Palmas: Otro juicio masivo, secreto y violatorio del principio de la presunción de inocencia
En diciembre se realizará otro de los juicios masivos de acusados para el régimen de excepción, esta vez contra la tribu de Las Palmas que operaba en La Escalón y San Benito.
Columna Transversal:
Las Palmas: Otro juicio masivo, secreto y violatorio del principio de la presunción de inocencia

De Paolo Luers / 14 de octubre de 2026 / SitioPaolo

Tengo en mis manos el dictamen de acusación fiscal parcial contra los presuntos miembros y colaboradores de lo que la Fiscalía llama "Cancha 106 Gángster Las Palmas", uno de los juicios masivos, con los cuales el sistema de justicia "modelo Bukele" intenta condenar a las decenas de miles de detenidos que mantiene encarcelados, incomunicados y privados del derecho de preparar su defensa, muchos de ellos desde marzo de 2022. En esta "audiencia única" serán procesados 223 imputados, entre ellos 14 palabreros, 119 homeboys y 90 colaboradores. Cada uno aparece con su nombre, nombre de sus padres y domicilio. No se detalla cuántos años ya llevan en prisión o si están en libertad con medidas.
El dictamen fue presentado al TRIBUNAL QUINTO CONTRA CRIMEN ORGANIZADO DE SAN SALVADOR, JUEZ 3, distrito de Soyapango, por los abogados CARLOS VENTURA, LISSETT ANAYA, RENY NIETO y STEVE SAMOUR, auxiliares de la Fiscalía General de la República.
Como todos los juicios en estos tribunales contra el crimen organizado, también este procedimiento -y por tanto este escrito- se encuentra bajo estricta reserva. Me lo proporcionó uno de los abogados que ejercen de defensores de los 223 imputados. Me escribió lo siguiente: "Ser defensor en este tipo de juicio es una tarea imposible. No tenemos acceso a nuestros defendidos. No hemos podido ver la prueba ofrecida para la audiencia única abierta, y la que no ha sido remitida y será presentada previo a la celebración de la audiencia respectiva. Es imposible ofrecer a mis defendidos un debido proceso con una defensa técnica profesional."
La presentación de los delitos de los cuales se acusa a los imputados se resume en un párrafo de 5 renglones:
"A quienes se les imputa el delito de AGRUPACIONES ILÍCITAS, previsto y sancionado en el Art. 345 del Código Penal relacionado con el Art. 1 de la Ley de Proscripción de Maras, Pandillas, Agrupaciones, Asociaciones y Organizaciones de Naturaleza Criminal, en perjuicio de LA PAZ PÚBLICA."

La Fiscalía ofrece como prueba de la pertenencia a una asociación ilícita de todos los acusados el testimonio de dos testigos criteriados (además de actas de capturas), con lo que afirmó ante el juez que su acusación cuenta con los "elementos probatorios para destruir la presunción de inocencia".
Esta es la acusación escueta, masiva y no individualizada contra 222 de los 223 acusados. Solo contra uno de los palabreros, de nombre José Gerardo Bonillo Meza (ya fallecido), se agrega una acusación adicional y concreta: "TENENCIA, PORTACIÓN, CONDUCCION ILEGAL E IRRESPONSABLE DE ARMA DE FUEGO..."

Quiere decir que contra el resto de los acusados, entre ellos los otros 13 palabreros y los 119 homeboys, ni la PNC ni la Fiscalía tienen pruebas ni siquiera de tenencia de armas.
Tratándose de la clica Revolucionarios de Las Palmas, conocida como una de las más sangrientas de San Salvador, llama la atención que ninguno de sus supuestos jefes y miembros es acusado de asesinato, secuestro o extorsión. Uno se pregunta: si no hay ninguna acusacion de ningún delito específico, ¿a qué se dedicaban los 133 presuntos pandilleros y para qué tareas empleaban a 90 colaboradores?
Otro abogado defensor en este caso, con el cual pude hablar, me dijo: "Han invertido el principio de la presunción de inocencia, donde la Fiscalía tiene el peso de la prueba. Ahora se presume la culpa, a menos que los acusados comprueben su inocencia. Esto ya es una ruptura con el Estado de Derecho y se vuelve absurdo, cuando en el formato de estos juicios masivos, con la gran mayoría de acusados solo presentes mediante videoconferencia, no existe ningún espacio ni mecanismo para que el acusado y su defensor comprueben nada. Ni siquiera las pruebas más básicas, como constancia de residencia, de trabajo y de estudios, los presos incomunicados en la cárcel pueden gestionar. Fíjese en esta frase en el dictamen fiscal: «En virtud de lo anterior, la representación fiscal solicita: I- admita el presente dictamen de acusación parcial, juntamente con toda la prueba ofrecida para la audiencia única abierta, de conformidad al art. 362 núm. 10 del Código Procesal Penal y la que no ha sido remitida será presentada previo a la celebración de la audiencia.» Fíjese además que estas 'pruebas' incluyen las 'declaraciones anticipadas de testigos criteriados'. ¿Esto significa que los testigos criteriados no van a testificar en presencia del tribunal y se aceptarán las declaraciones previas que dieron a la Fiscalía sin presencia de la defensa? Entonces, las declaraciones de los criteriados serán validadas sin que la defensa los haya podido interrogar. Es una farsa y me siento mal de ser parte de ella..."

En un Estado de Derecho, la relación de los hechos atribuidos por ley debe ser clara, detallada y precisa, so pena de nulidad absoluta. Aquí está el hoyo: no existe debido proceso.
Entre los años 2011 y 2022 hice varios trabajos periodísticos que incluyeron la colonia Las Palmas, además de varias visitas en el marco de mi trabajo como mediador de la tregua en los años 2012-2014. En la lista de nombres en este dictamen fiscal he detectado a cuatro personas (dos acusados de ser homeboys, dos de colaboradores), de las cuales me consta que no han sido ni pandilleros ni colaboradores de la pandilla. Los conocí como ciudadanos dedicados a la solución de conflictos entre la pandilla y los vecinos para evitar represalias. De unos 10 de esta lista tengo conocimiento de que sí fueron pandilleros. A los demás -la gran mayoría de los acusados- no los conocí y por tanto no tengo elementos de prueba ni de su culpa ni de su inocencia. Pero leyendo el dictamen de acusación concluyo que tampoco los tiene la Fiscalía.
Como mediador de la tregua, como periodista y como empresario que manejé durante 10 años un restaurante en la zona de influencia de la pandilla de Las Palmas, considero que esta jamás ha tenido 223 miembros o colaboradores activos. Tal vez entre 50 y 100, pero no 223. Como en muchas otras colonias y comunidades, también en Las Palmas y en las comunidades de la Escalón la PNC y la Fiscalía han clasificado como pandilleros prácticamente a todos los jóvenes. Solo así se explica que en El Salvador hayan detenido y acusado a más de 90 mil personas.
Hoy dice el presidente que piensa dar libertad condicional a la mitad de los acusados de colaboración con las pandillas. Quiénes saldrán de las cárceles y quiénes se quedarán en ellas serán seleccionados por una 'comisión independiente'. Pero independiente de la justicia, no del Ejecutivo. En fin, una comisión presidencial. Me alegraré por cada uno que luego de años de encierro sin pruebas salga libre. Pero ojo: la justicia no es un asunto que deba depender de la buena voluntad de un presidente, sino de un sistema de justicia que opere con independencia.
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